Si , lo de instalar una jabalina por máquina se los indican los inspectores , además del disyuntor y la termomagnética tetrapolar también por máquina, ya que un único disyuntor para-detiene 4 o 5 máquinas al mismo tiempo

.
Nunca oí que les indicaran unir las jabalinas entre si , así que he visto una jabalina por máquina además de la de iluminación y tomacorrientes.
Es específicamante lo que dice el Reglamento de la AEA y la Ley. Unidas y equipotencializadas.
En
azul comentarios y notas, en
negro texto de la legislación.
Anexos I y VI del decreto 351/79, Ley 19587; que pueden consultarse, en página oficial
AQUÍ
El reglamento de la AEA no puedo traerlo a la lista (quizás alguna parte aislada sí, veré) y eso por temas de copyright, pero si puedo enlazar la Resolución SRT900/2015 que recoge algunos aspectos centrales del RAEA en materia de PAT y es una disposición de orden público (*).
3.1. Características Constructivas. (de las instalaciones eléctricas)
Se cumplimentará lo dispuesto en la reglamentación para la ejecución de instalaciones eléctricas en inmuebles, de la Asociación Argentina de Electrotécnicos.
(AAE el antiguo nombre de la actual AEA, Asociación Electrotécnica Argentina) Esto significa que la normativa de la AEA es Ley, como lo son algunas normas IRAM -pero no no en esta materia- y algunas disposiciones regulatorias de otros entes estatales (Como algunos entes reguladores, el ENRE p/ej)
3.3. Protección contra Riesgos de Contactos Indirectos.
Para proteger a las personas contra riesgos de contacto con masas puestas accidentalmente bajo tensión, éstas deberán estar puestas a tierra y además se adoptará uno de los dispositivos de seguridad enumerados en 3.2.2.
3.3.1. Puesta a tierra de las masas.
Las masas deberán estar unidas eléctricamente a
una toma a tierra o a
un conjunto de tomas a tierra interconectadas.
El circuito de puesta a tierra deberá ser: continuo, permanente, tener la capacidad de carga para conducir la corriente de falla y una resistencia apropiada.
3.3.2. Dispositivos de seguridad.
Además de la puesta a tierra de las masas, las instalaciones eléctricas deberán contar con por lo menos uno de los siguientes dispositivos de protección.
3.3.2.1. Dispositivos de protección activa.
Las instalaciones eléctricas contarán con dispositivos que indiquen automáticamente la existencia de cualquier defecto de aislación o que saquen de servicio la instalación o parte averiada de la misma.
Los dispositivos de protección señalarán el primer defecto de instalaciones con neutro aislado de tierra o puesto a tierra por impedancia, e intervendrán rápidamente sacando fuera de servicio la instalación o parte de ella cuyas masas sean susceptibles de tomar un potencial peligroso, en los casos de primer defecto en instalaciones con neutro directo a tierra y segundo defecto en instalaciones con neutro aislado o puesto a tierra por impedancia.
Con este fin se podrá optar por los siguientes dispositivos:
a) Dispositivos de señalización del primer defecto en instalaciones con neutro aislado o puesta a tierra por impedancia: señalarán en forma segura una falla de aislación y no provocarán el corte de la instalación. Además no deberán modificar por su presencia las características eléctricas de la red.
b) Relés de tensión: Vigilarán la tensión tomada por la masa respecto a una tierra distinta de la tierra de la instalación y estarán regulados para actuar cuando la masa tome un potencial igual o mayor a la tensión de seguridad. El empleo de estos dispositivos será motivo de estudio en cada caso en particular y se deberá tener en cuenta: el número de dispositivos a instalar, puntos de derivación de conjuntos de masas interconectadas, verificación diaria del funcionamiento, falta de selectividad, posibilidad de desecación de las tomas de tierra, complemento de protecciones más sensibles y todo otro aspecto que sea necesario considerar.
c) Relés de corriente residual o diferenciales: Podrá asegurarse la protección de las personas y de la instalación, utilizando estos dispositivos para control de la corriente derivada a través de la toma a tierra de las masas, o bien por control de suma vectorial de corrientes en circuitos polofásicos, o suma algebraica de corrientes en circuitos monofásicos.
En el primer caso, el dispositivo deberá funcionar con una corriente de fuga tal, que el producto de la corriente por la resistencia de puesta a tierra de las masas sea inferior a la tensión de seguridad. En este caso además se exige que todas las masas asociadas a un mismo relé de protección, deberán estar conectadas a la misma toma a tierra.
En el segundo caso, los disyuntores diferenciales deberán actuar cuando la corriente de fuga a tierra toma el valor de calibración (300 mA o 30 mA según su sensibilidad) cualquiera sea su naturaleza u origen
y en un tiempo no mayor de 0,03 segundos.
3.3.2.2. Dispositivos de protección pasiva.
Impedirán que una persona entre en contacto con dos masas o partes conductoras con diferencias de potencial peligrosas.
Se podrán usar algunos de los siguientes dispositivos o modos:
a) Se separarán las masas o partes conductoras que puedan tomar diferente potencial, de modo que sea imposible entrar en contacto con ellas simultáneamente (ya sea directamente o bien por intermedio de los objetos manipuleados habitualmente).
b) Se interconectarán todas las masas o partes conductoras, de modo que no aparezcan entre ellas diferencias de potencial peligrosas.
c) Se aislarán las masas o partes conductoras con las que el hombre pueda entrar en contacto.
d) Se separarán los circuitos de utilización de las fuentes de energía por medio de transformadores o grupos convertidores. El circuito separado no deberá tener ningún punto unido a tierra, será de poca extensión y tendrá un buen nivel de aislamiento.
Si a un mismo circuito aislado se conectan varios materiales simultáneamente, las masas de éstos deberán estar interconectadas.
La masa de la máquina de separación de circuito deberá estar puesta a tierra.
e) Se usará tensión de seguridad.
....
Más en el enlace ya citado arriba
(*) Resolución 900/2015
VER AQUÍ